¿Qué es? Es una forma de pago []. que el Ayuntamiento pone a disposición de los titulares de deudas cuyo cobro se realice por recibo. para que domicilien el pago en cuentas abiertas en Entidades financieras o Cajas de Ahorro.
¿Qué recibos se pueden domiciliar? Recibos con vencimiento periódico en periodo voluntario como el I.B.I., Agua, Circulación, I.A.E, Tasa de vados, en periodo voluntario
¿Qué ventaja supone esta forma de pago?
Se le cargará en cuenta el último día del vencimiento en periodo voluntario.
Podrá despreocuparse de pagar dentro de plazo.
¿Qué posibilidades ofrece? 1. Domiciliación Personal. TODOS sus recibos en la misma cuenta. 2. Domiciliación por Conceptos. Todos sus recibos asociados a un concepto tributario (I.B.I., Agua, Circulación, I.A.E., Tasa vados), en la misma cuenta. 3. Domiciliación por Objetos. Todos sus recibos asociados a un objeto tributario (vivienda de la calle ¿) en la misma cuenta.
¿Cuándo hay que domiciliar? La domiciliación deberá presentarse antes del inicio del periodo voluntario. En otro caso, surtirá efecto a partir del periodo siguiente.
¿Cómo se puede hacer?
En el Ayuntamiento de Logroño
A través de la página web del Ayuntamiento [] -requiere de acceso a la web municipal []-.
En Entidades Colaboradoras.
Vía Fax al 941 277065 (Recaudación Municipal).
¿Cuánto cuesta? El Ayuntamiento ofrece este servicio de forma totalmente gratuita.
¿Y si quiero más información? Si necesita ampliar información contacte con los gestores municipales [].